Descripción detallada Lote 60

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Subasta 862, Lote # 60

1815 - Flores, Manuel de - Mier y Campillo, Francisco Xavier. Edicto de la Inquisición Condenando y Prohibiendo la Masonería.
"…Aquellas agregaciones, que se conocen con la denominación de los así dichos Francmasones o Iluminados o Egipcianos, u otros semejantes, acompañan sus tenebrosas operaciones con fórmulas, ceremonias, ritos, y juramentos de secreto sospechoso a lo menos, y especialmente con la agregación indistinta de personas de todas clases y naciones, y de cualquiera moralidad o culto, y que por tanto no pueden menor de dar la más fundada sospecha de que conspiran, no solamente contra los tronos, sino mucho más contra la Religió…se prohíbe en primer lugar a qualquiera, tanto en Roma, como en todo el Dominio Pontificio continuar, recibir de nuevo, renovar o instituir asociaciones de los así dichos Francmasones… bajo de cualquiera denominación antigua, moderna, o nuevamente inventada… agregarse o hallarse presente a cualquiera de ellas… buscar, instigar y provocar a cualquiera agregarse a ellas o proporcionar a sabiendas casa o cualquier otro lugar para congregarse". México, junio 3 de 1815. Grabado del Escudo de la Inquisición Española en la parte inferior izquierda.
Dos pliegos 59.5 x 43.5 cm. Pequeña mancha de humedad en margen inferior izquierdo.
Worldcat: 21575134. Solo registra dos ejemplares en la Indiana University y la UC Berkeley Libraries.
Muy raro edicto promulgado por la recién restablecida Inquisición, en el que se hace un ataque directo a la Masonería por considerarla una institución que va contra el Estado y la religión Católica; por lo tanto, el edicto establece una prohibición total de la masonería, incluso, el edicto extendía la prohibición, en su artículo 3, a cualquier objeto relacionado con los Masones, así fueran sellos, instrumentos, estatutos, patentes, etc. Guardando un tono de celosa persecución a dichas sectas, haciendo un llamado a la población para denunciar a los Masones prometiendo un premio pecuniario. Las penas que establecía la Inquisición, en el artículo 5, para quienes siguieran practicando la Masonería fueron severas: las penas aflictivas de cuerpo (azotes y tortura) y la total o parcial confiscación de bienes o de onerosas multas pecuniarias.
La enorme tarea de perseguir a los Masones en México quedó en manos de Manuel de Flores, el último gran inquisidor novohispano, quién ya había instituido una política dura contra los Insurgentes calificando de "herética" a la derrotada Constitución de Apatzingán, excomulgando a los cabecillas, prohibiendo y quemando los impresos insurgentes. La seriedad de la persecución de la Masonería, tanto en América como en España, se debe a que Fernando VII y los absolutistas atribuían gran parte de los desórdenes constitucionales a los masones y otras sectas, mezclando, en ellas, a los judíos, para atemorizar a quienes aún sabían poco de estas organizaciones misteriosas. Más que el mismo hereje, lo que preocupaba a los absolutistas eran las sectas masónicas, a las que consideraban un enemigo organizado y representado en vastos sectores. Con el principal fin de erradicarlos, Fernando VII optó por reestablecer, el 21 de julio de 1814, al infame Tribunal de la Inquisición, que había disuelto las Cortes de Cádiz.
Véase en: La Masonería en los Episodios Nacionales de Pérez Galdós. Benimeli, Ferrer. Madrid, Fundación Universitaria Española, 1982.

Estimado $ 35,000-40,000

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